Las habitaciones deben estar construídas de material y tener ventanas o
algún otro tipo de ventilación cuyas aberturas deben estar cubiertas por tela
mosquitero. Cada habitación debe contar con luz eléctrica, tomas de corriente
y agua corriente.
Las jaulas deben tener posaderos y albergar no más de 30 ejemplares por
metro cúbico. Las jaulas no deben ocupar más de un cuarto del volumen total de
la habitación.
Las aves deben ubicarse en habitaciones diferentes según la región de donde
provengan. Los ejemplares que presenten signos de enfermedad deben colocarse en
otra habitación.
Condiciones de transporte
Para transportar los ejemplares en distancias menores de 500 km, el
transporte puede efectuarse por vía terrestre pero el vehículo debe poseer un
recinto cerrado con ventilación. Cuando se trata de distancias mayores a la
mencionada, el transporte debe realizarse por vía aérea en cajas según normas
IATA (Asociación del Transporte Aéreo Internacional). Para transportar los
ejemplares dentro de la provincia de origen el acopiador debe contar con una
guía o permiso de la autoridad administrativa de fauna local. Para transponer
los límites de la provincia, debe contar con una "guía de tránsito"
nacional.
Condiciones de exportación
Para obtener derecho a la exportación, los exportadores deben depositar
hasta U$ S 80 por cada ejemplar en una cuenta especial dedicada a la
conservación de la especie. Estos fondos permiten: 1) financiar la creación y
mantenimiento de reservas naturales en ambientes importantes para la especie, 2)
realizar el control efectivo de los cupos, métodos de extracción, transporte,
acopio y comercialización de ejemplares y 3) continuar con las investigaciones
sobre ecología de la especie y monitoreo de su ambiente, todo ello sin depender
de la disponibilidad de fondos del estado.
Una cláusula especial incentiva la conservación del hábitat: Se disminuye
a la mitad el aporte del exportador siempre y cuando los pichones provengan de
un campo cuyo propietario se ha comprometido por escrito a proteger un 20% del
área (sólo puede darle uso educativo) y a conservar otro 60% (puede aprovechar
recursos silvestres con un plan de manejo pero debe mantener el ecosistema en
pie).
Tanto para valorizar el recurso como para desalentar el comercio ilegal, cada
loro exportado es acompañado de un "Certificado de Origen" donde
figura el número de anillo del ejemplar y un resumen de las condiciones de
manejo, características de la especie, recomendaciones para su cuidado, etc.
Se permite la captura de ejemplares voladores en mayo, junio y julio. Se
captura dentro de fincas de cítricos ubicadas en el pedemonte precordillerano
del noroeste (bosques húmedos transicionales entre selvas de montaña o
"yungas" y región chaqueña occidental).
Habilitación de lugares y adjudicación de cupos
Sólo se permite la captura dentro de aquellas fincas de cítricos cuyos
dueños denuncien por escrito ante la autoridad administrativa local que los
loros habladores se encuentran produciendo daños en sus cultivos. En el mismo
escrito, el propietario de la finca debe comprometerse a no aplicar otro método
de control sobre la especie que no sea la captura comercial bajo condiciones
controladas. El cupo máximo de captura es de un tercio de los pichones
colectados en la temporada reproductiva inmediatamente anterior.
Condiciones de captura
Sólo se permite la captura con trampas lazo de fabricación artesanal (un
ejemplar por trampa). Estas deben ser colocadas sobre los árboles frutales, de
manera tal que sólo son capturados aquellos ejemplares que descienden a comer
al cultivo. Se ha prohibido la captura con redes y en dormideros.
Condiciones de acopio Idem pichones.
Condiciones de transporte Idem pichones.
Condiciones de exportación Idem pichones.